
Tras el intento de albazo del senador y dirigente sindical Pedro Haces para permitir la cobranza delegada -en la práctica un embargo de los salarios de las y los trabajadores para cobrarles créditos de nómina-, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de los Servicios Financieros (Condusef), censuró la postura y puntualizó que el gobierno no debe prestarse a convalidarlo.
La Condusef, parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, hizo público su desacuerdo con la reforma legal relacionada con el “crédito a la nómina con cobranza delegada”, refiriendo el efecto práctico de embargo al salario de los trabajadores y la posibilidad de que pudiesen apropiarse de la nómina del trabajador, indicando puntualmente que el gobierno no debe prestarse a convalidarlo.
Recordó que la iniciativa quedó suspendida en el mes de marzo de 2023, pues crear la libranza con carácter de irrevocable la convierte en una tienda de raya financiera.
Insistió que desde la presentación del Dictamen en el Senado, hemos planteado consideraciones dirigidas a proteger los intereses de los trabajadores-usuarios de los créditos de nómina con cobranza delegada, que actualmente operan al margen de cualquier disposición.
Evidenció que viola la Constitución en su artículo 1° Constitucional, que establece que los derechos no pueden limitarse, restringirse, eliminarse o desconocerse (regresividad) de forma alguna en perjuicio de los ciudadanos, siendo que éste contiene disposiciones que van en contra de lo previsto por los artículos 97 y 110 de la Ley Federal del Trabajo y 38 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado (tope de endeudamiento del 30%), así como los criterios del Poder Judicial que tutelan los derechos de protección al salario del trabajador.
Observó que el sobreendeudamiento al que ha estado expuesta una parte considerable de los empleados del sector público a nivel federal, estatal y municipal, ha propiciado que un alto número de trabajadores reciban cantidades muy por debajo del nivel de subsistencia, lo que genera un severo problema social e incluso un total desinterés por las labores que se desempeñan en el servicio público.
Refirió que el Costo Anual Total (CAT) promedio que ofrecen las instituciones financieras denominadas Sociedades Financieras de Objeto Múltiple, Entidades No Reguladas (SOFOM, ENR), conocidas coloquialmente como “nomineras”, exceden las tasas de interés a pesar de que los financiamientos se garantizan por los propios salarios de los trabajadores.
Por si fuera poco, añade, prevé obligaciones excesivas para los patrones, entre los que se encuentran los gobiernos federal, estatales y municipales, para dar aviso en 24 horas respecto de la disposición de los recursos del crédito a los acreditados (trabajadores) y acreditantes (Instituciones Financieras), convirtiéndose en depositarios y obligados solidarios con todos los efectos legales correspondientes, además de la responsabilidad de registrar contratos.
Adicionalmente, la administración de la retención de la nómina y los enteros a la institución financiera se convierten en una carga para las áreas de recursos humanos de los patrones, sin posibilidad de realizar cobro alguno.
Aún más, se contempla la posibilidad de refinanciar los adeudos de los trabajadores acreditados, lo cual podría generar que el costo de los créditos se incremente y resulte exorbitante, ya que se trata de una nueva obligación.
La propuesta de regulación no lo hace de forma equitativa y salvaguardando el interés primordial de los usuarios de servicios financieros, en este caso la economía familiar de los trabajadores, puntualizó la Condusef.