
Automovilistas de la Ciudad de México (CDMX) han tenido que retirar sus portaplacas para evitar multas por este accesorio que en ocasiones, más allá de tener un objetivo estético, es para evitar las fotocívicas.
Esto ha desatado curiosidad sobre qué accesorios no están permitidos en un auto, pues se estipulan en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México y aquí te decimos cuáles debes evitar.
Los automovilistas de la CDMX deben consultar el Reglamento de Tránsito de la capital del país para tener claros diversos temas relacionados con su vehículo, por ejemplo los accesorios que no están permitidos.
De acuerdo con el Artículo 43, está prohibido colocar los siguientes accesorios en vehículos automotores, es decir, automóviles y motocicletas:
Multa: 20, 25 o 30 veces la UMA (de 2 mil 262.80, 2 mil 828.50 ó 3 mil 394.20 pesos)
Multa: 10, 15 o 20 veces la UMA (de mil 131.40, mil 697.10 ó 2 mil 262.80)
Multa: 10, 15 o 20 veces la UMA (de mil 131.40, mil 697.10 ó 2 mil 262.80)
Multa: 40, 45 o 50 veces la UMA (de 4 mil 525.60, 5 mil 091.30 ó 5 mil 657.00)
Multa: 20, 25 o 30 veces la UMA (de 2 mil 262.80, 2 mil 828.50 ó 3 mil 394.20 pesos)
Multa: 20, 25 o 30 veces la UMA (de 2 mil 262.80, 2 mil 828.50 ó 3 mil 394.20 pesos)
Multa: 20, 25 o 30 veces la UMA (de 2 mil 262.80, 2 mil 828.50 ó 3 mil 394.20 pesos)
Crédito: Excelsior