Congreso local aprueba tipificar el delito de cohabitación forzada

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Por: Citlalli Tepale

En Puebla quien obligue a un menor de edad o a quien no tenga la capacidad de comprender el hecho o de resistirlo, a integrarse o permanecer en una relación de convivencia con otra persona, similar a la conyugal, será sancionado de 8 a 15 años de prisión y será acreedor a una multa de mil a 2 mil 500 días.

El Pleno del Congreso local aprobó por unanimidad el decreto por el que se adicionaron diversas disposiciones al Código Penal estatal para tipificar la cohabitación forzada, la cual se agravará hasta en una mitad, es decir, que podría ser sancionado hasta con 22 años 6 meses de cárcel y una multa hasta de 3 mil 750 días.

Lo anterior, si la víctima pertenece a algún pueblo o comunidad indígena o afromexicana, o cuando exista entre la víctima y quien realiza la conducta ilícita una relación de parentesco, tutela, guarda, custodia, autoridad, confianza o cualquier otra que implique subordinación o dependencia.

Este decreto fue impulsado por las diputadas del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) Norma Estela Pimentel Méndez, María Fernanda de la Barreda Angon y Laura Guadalupe Vargas Vargas, y la diputada del Partido del Trabajo (PT), Esther Martínez Romano. Sin embargo, previo a la votación, se sumaron más legisladoras, entre ellas la legisladora del Partido Acción Nacional (PAN), Susana Riestra.

“En México, tan solo en 2024, más de 89 mil niñas y adolescentes menores de edad se convirtieron en madres y casi 6 mil correspondieron a niñas de entre 10 y 14 años, 6 mil infancias interrumpidas. Lo que significa que más de 16 niñas al día se convierten en madres antes de cumplir 15 años en nuestro país. Y lamentablemente, todavía hay quien quiere llamar costumbre a esta tragedia. Durante décadas, miles de niñas fueron obligadas a abandonar la escuela, su entorno, su infancia, sus sueños y su libertad para asumir una vida adulta para la que no estaban preparadas”, destacó Susana.

El decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado y la Fiscalía General del Estado de Puebla deberá, en un plazo no mayor a 90 días naturales, emitir y armonizar los protocolos de investigación del delito de cohabitación forzada.

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