Diputado de Morena propone reformar ley en Puebla para permitir la eutanasia activa

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Por: Citlalli Tepale

El diputado local de Morena, Roberto Zataráin Leal, propuso reformar la Ley de Voluntad Anticipada en Puebla para permitir la eutanasia activa en casos excepcionales y bajo estricta regulación.

El legislador Zataráin destacó que Puebla ya reconoce mediante esta ley que una persona puede rechazar tratamientos que prolonguen artificialmente su vida y recibir cuidados paliativos para aliviar su dolor. Sin embargo, prohíbe la eutanasia activa, incluso en casos de sufrimiento terminal irreversible.

“No hablamos de abusos, no hablamos de valanizar la vida, hablamos de procedimientos profundamente regulados para casos extraordinarios… ¿Es compasivo obligarlos a permanecer en ese dolor únicamente porque nuestras estructuras legales no han evolucionando?”

La propuesta contempla derogar el artículo 42 de la Ley de Voluntad Anticipada, que prohíbe la práctica de la eutanasia, con el objetivo de eliminar una barrera legal que impide avanzar en el reconocimiento pleno de este derecho.

Asimismo, plantea establecer reglas para la eutanasia activa, garantizando que la persona decida de forma libre e informada, que haya un diagnóstico médico claro, supervisión institucional y acceso sin discriminación, respetando además la objeción de conciencia del personal de salud.

En este sentido, el personal de salud podrá negarse por motivos personales o religiosos, pero deberá avisarlo por escrito. A su vez, las instituciones deberán contar con personal disponible y canalizar al paciente en un máximo de 48 horas, sin demoras injustificadas.

Como parte de los documentos de Voluntad Anticipada, se añade la declaración ante notario sobre la decisión de acceder a la eutanasia en los casos previstos por la ley. Además, la persona deberá confirmar nuevamente su voluntad ante el notario al menos cinco días después. También se mantienen los requisitos ya establecidos, como incluir el lugar, la fecha y la hora de la firma, así como la decisión de donar o no los órganos.

Igualmente, la iniciativa establece que la persona que solicite la eutanasia deberá ser mayor de 18 años, estar en pleno uso de sus facultades mentales y contar con un diagnóstico médico que confirme una enfermedad terminal o un padecimiento crónico, degenerativo, discapacitante y amenazante para la vida, sin posibilidad de cura. Asimismo, deberá haber recibido información clara, completa y comprensible sobre su diagnóstico, pronóstico, alternativas terapéuticas y opciones de cuidados paliativos.

Por otro lado, prevé que toda persona mayor de edad podrá dejar por escrito, conforme a esta ley y la Ley General de Salud, su decisión de acceder a la eutanasia en caso de que en el futuro padezca una enfermedad mental discapacitante, crónica, degenerativa y que represente un riesgo para su salud.

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