
Por: Citlalli Tepale
Ante un reporte de un posible caso de violencia, los elementos de la policía podrán acceder de inmediato a las áreas comunes de un fraccionamiento o condominio sin autorización pero una vez frente al inmueble donde se reportaron los hechos, la actuación policial seguirá rigiéndose por los parámetros constitucionales de la flagrancia y solicitud expresa de auxilio, así lo señala la iniciativa del diputado local del Partido del Trabajo (PT), Óscar Mauricio Céspedes Peregrina.
“Cuando un ciudadano llama al número de emergencias o cuando los propios vecinos reportan gritos de auxilio desde la vivienda, el bien jurídico tutelado que debe prevalecer de manera absoluta es la vida y la integridad física. Este bien es jerárquicamente superior al derecho de la exclusividad o de propiedad privada o de un acceso residencial. El hogar debe ser un refugio de paz no una trinchera de impunidad donde los agresores se escuden atrás de una pluma de seguridad privada”.
La propuesta plantea añadir el artículo 45 Bis a la Ley que Regula el Régimen de Propiedad en Condominio para el Estado de Puebla, la cual establece que cuando un condómino solicite el auxilio o reporte cualquier tipo de violencia, elementos de seguridad pública del Gobierno del Estado y de los Municipios tendrán acceso de manera inmediata al condominio, sin oposición de la seguridad privada del mismo.
Asimismo, se reforma el artículo 47 de la misma ley para que las dependencias competencias de los Ayuntamientos realicen campañas para sensibilizar a la población sobre la prevención de la violencia. La iniciativa fue turnada a la Comisión de Seguridad Pública para su análisis y dictaminación.
Es importante mencionar que la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) en la información más reciente estima que, en el estado de Puebla, de las mujeres de 15 años y más que experimentaron violencia en el ámbito familiar, en los últimos 12 meses, 59.2% declaró que ocurrió en su casa.