Proponen al Congreso colaboración entre la Seguridad Pública y la Seguridad Privada en los fraccionamientos

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Por: Citalli Tepale

Con el propósito de crear un modelo de coordinación regulada entre policía municipal y los servicios de seguridad privada que se contratan en los fraccionamientos, la diputada del Partido Acción Nacional (PAN), Celia Bonaga Ruiz presentó una iniciativa para reformar la fracción III del artículo 15 y adicionar el artículo 11 Bis a la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla.

La legisladora señaló que la Ley de Seguridad Pública no prohíbe la coordinación entre municipios y empresas de seguridad privada, sin embargo, tampoco la define ni la ordena, a consecuencia de ello se pueden provocar inconsistencias operativas, falta de estándares y riesgos de violaciones a los derechos humanos.

Destacó que los cuerpos privados de seguridad desempeñan actividades de vigilancia, control de accesos, rondines y atención inicial, atienden emergencias dentro de los fraccionamientos pero en estas mismas están limitados legalmente, ya no que no son autoridades y no pueden ejercer funciones de seguridad pública, tal como hacer uso legítimo de la fuerza, realizar detenciones formales, investigaciones ni aseguramientos de bienes, funciones que conforman al artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

“En diversas situaciones los guardias privados se convierten en los primeros respondientes frente a incidentes delictivos, accidentes, conflictos vecinales, emergencias médicas o violencias intrafamiliares dentro de los fraccionamientos”

La diputada por el Partido Acción Nacional (PAN), afirmó que al no existir un protocolo formal en actuación conjunta entre la seguridad privada y la policía municipal, dichos incidentes pueden agravarse y las consecuencias podrían derivarse en retrasos en la atención, errores en la preservación del lugar de los hechos, uso indebido de la fuerza e incluso responsabilidades legales para los propios guardias.

“La Ley de Seguridad Pública del Estado y la Ley de Seguridad Privada regula funciones sectoriales pero no prevén mecanismos de coordinación operativa, intercambio de información, obligaciones en materia de capacitación límites de actuación conjunta ni responsabilidades administrativas derivadas de la coordinación… Propongo crear un modelo de coordinación regulada entre las policías municipales y los servicios de seguridad privada en fraccionamientos sin delegar funciones públicas ni privatizar la seguridad”.

Resaltó que si se aprueba este modelo de coordinación regulada puede reducir tiempos de respuesta, mejorar la prevención del delito y profesionalizar la vigilancia privada, todo esto siempre en el marco de la legalidad.

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