Buscan establecer reglas claras sobre actos anticipados de campaña

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Por: Citlalli Tepale

La diputada local del Partido Acción Nacional (PAN), Susana Riestra Piña presentó una iniciativa para reformar y adicionar diversas disposiciones al Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla, en materia de actos anticipados de precampaña y campaña, así como de promoción personalizada de servidores públicos.

La propuesta reconoce como actos anticipados de precampaña aquellas acciones realizadas antes del inicio del proceso electoral que buscan promover, posicionar o dar a conocer a un partido político, coalición, movimiento o persona, a través de su imagen, nombre o elementos que lo identifiquen, aunque no se haga un llamado directo al voto.

De igual forma, se incluyen aquellos actos que, por su contenido, busquen influir en las preferencias de la ciudadanía o generar posicionamiento electoral, ya sea mediante llamados al voto o mediante mensajes que, aunque no lo digan de forma directa, produzcan ese mismo efecto.

Durante su participación en el Pleno, la legisladora blanquiazul señaló que la democracia se debilita cuando las reglas dejan de respetarse, destacando que en Puebla la ciudadanía está cansada de ver campañas anticipadas disfrazadas.

“Hemos sido testigos de acciones y omisiones que no podemos ignorar. Todos los días políticos, servidores públicos y diferentes actores de manera sistemática buscan posicionarse frente a la ciudadanía…”

El proyecto define a la promoción personalizada de servidores públicos como la comunicación o difusión pagada con recursos públicos que incluye elementos como nombre, imagen, voz, firma, símbolos, colores o eslóganes que identifiquen a un servidor público, y que busque o logre posicionarlo de forma indebida ante la ciudadanía con fines político-electorales.

Además, considera como promoción personalizada cuando la propaganda incluya nombre, imagen, voz, firma, símbolos o cualquier elemento que identifique o haga identificable a un servidor público; cuando genere un posicionamiento individualizado frente a la ciudadanía; cuando exceda el carácter institucional de la comunicación pública; y cuando tenga como finalidad o efecto incidir en la equidad de la contienda electoral.

No considera como promoción personalizada la difusión de informes de labores realizada en los plazos establecidos por la ley; la propaganda institucional que sea únicamente informativa y no identifique a un servidor público; ni las manifestaciones hechas en ejercicio de la libertad de expresión, siempre que no tengan fines electorales.

También indica que la propaganda del gobierno, en cualquier medio de comunicación, debe ser institucional y tener fines informativos, educativos o de orientación social, sin incluir elementos que promuevan de forma personal a servidores públicos.

De igual forma, la iniciativa prohíbe que partidos políticos, aspirantes, precandidatos, candidatos, dirigentes, militantes, simpatizantes, servidores públicos o cualquier persona física o moral que actúe en su beneficio o bajo su coordinación realicen actos anticipados de precampaña y de campaña.

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